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REGULACIÓN DE LA TERAPIA FLORAL
En el pasado congreso de terapia floral del mes de noviembre de 2004 fuimos informados del proyecto de regulación de las terapias naturales que lleva a cabo Cofenat, una federación que reúne a asociaciones representantes de algunas orientaciones terapéuticas. Seflor y Sedibac, las dos asociaciones de terapia floral que congregan a 700 terapeutas florales españoles, no forman parte de dicha agrupación. Seflor y Sedibac, hemos iniciado de modo conjunto diversas acciones -daremos cuenta de ellas más abajo- tendentes a la regulación del propio sector: la terapia floral. Somos terapeutas florales.
El rango de la Terapia Floral
Seflor entiende que la terapia floral y sus recursos terapéuticos son lo suficientemente particulares y extensos como para negociar con las autoridades nacionales, el tiempo que sea necesario, el rango de Experto, es decir, consideramos que la terapia floral reviste igual envergadura -que no es decir “contenidos”- que la naturopatía, la medicina china, o las técnicas manuales. La terapia floral cuenta con un recurso propio de curación: las esencias florales, y una práctica, fundamentos, doctrina y teoría específicas y diferenciadas. Seflor considera que es interesante la inclusión de la terapia floral en el programa de formación de la naturopatía -de un total de 258 créditos, 10 se destinan al aprendizaje de la terapia floral- es un modo extraordinario de sensibilizar al profesional naturópata -formado en el uso de la oligoterapia, fitoterapia, dietética y nutrición- en la comprensión y terapéutica de la enfermedad física y los trastornos de la emoción y la mente, poniendo a su disposición una forma auténticamente holística de comprensión del cliente. Seflor también suscribe a todos los intentos de emprender una regulación imprescindible del sector de la salud natural. Pero no adherimos a la propuesta del colectivo naturópata puesto que como terapeutas florales sabemos del esfuerzo, estudio, terapia floral personal, y práctica terapéutica que demanda una correcta formación en terapia floral. Creemos que la terapia floral es “La medicina del futuro” según el Dr. Bach, y no una asignatura de pocos créditos en una formación de naturopatía. El aprendizaje de las esencias florales en la carrera de naturopatía no debe confundirse con ser un terapeuta floral así es que no permitiremos que se regule de acuerdo a ello. Es importante aclarar estos puntos a las autoridades competentes que desconocen tanto la naturopatía como la terapia floral y dependen de una correcta información por nuestra parte.
Las gestiones de SEFLOR y SEDIBAC a nivel nacional y autonómico
¿Cuáles son las acciones emprendidas en dirección a la ordenación de la terapia floral por Seflor?
- En abril de 2004, Seflor y Sedibac acuerdan constituir una plataforma para iniciar el expediente de regulación de la terapia floral.
- Con fecha 27 de octubre de 2004 presentamos el primer dossier explicativo de lo que es la terapia floral a la Casa Real, Presidencia de la Nación, Ministerios de Sanidad, Educación y Cultura y Trabajo. Tres meses antes Sedibac hace lo propio en la Generalitat.
- Con fecha 5 de noviembre de 2004 D. Ricardo Orozco y D. Josep Lluís Pujol, ambos representantes de Sedibac fueron recibidos por el Subdirector General de Servicios Sanitarios, D. Lluís Torralba, en Cataluña.
- Con fecha 1 de diciembre de 2004, en Madrid, sostuvimos una primera entrevista con representantes del Ministerio de Sanidad y Consumo: Da. Pilar Alonso, Da. Pilar Arribas y D. Juan A. López Blanco; D. Josep Lluis Pujol por parte de Sedibac y D. Fernando Sanchez, Da. Carmen López Vázquez y Da. Susana Veilati por Seflor.
En ambas entrevistas, Seflor y Sedibac, planteamos nuestro interés por la regulación de las terapias naturales tanto en Cataluña como en el resto de las Autonomías así como nuestro derecho a participar como consultores en las negociaciones que conciernen a la terapia floral En Cataluña, los representantes de Sedibac, informan a la Generalitat que “los terapeutas florales no queremos, ni admitimos, ser englobados en otras disciplinas preexistentes: medicina, psicología, naturopatía, enfermería, etc. La terapia floral de Bach no parte de ninguna de ellas. No se precisa ser nada de estas cuatro cosas para ser un terapeuta floral” Efectivamente, el proyecto de regulación, más avanzado en Cataluña que en Madrid, reconoce 4 criterios o “compartimentos temáticos”:
- Criterio naturista
- Criterio homeopático.
- Criterio terapias manuales.
- Criterio terapias chinas (acupuntura, etc.)
Dicho proyecto nos liga a la naturopatía. Esta vinculación no parte de un acuerdo con las asociaciones de terapia floral, sino de una decisión unilateral que amenaza con recortar seriamente la calidad de la formación específica del terapeuta floral. Esto nos concierne muy especialmente a ambas asociaciones. En la entrevista a nivel nacional, D. Juan López Blanco, médico y Técnico del Ministerio nos informa -palabras que citamos casi textualmente- que la regulación del sector de la salud natural, está en sus inicios, que no hay tiempo límite o apremios porque tienen una dificultad: generar un nuevo cuerpo de conocimientos, un cambio de paradigma del concepto de salud y enfermedad que pueda hacer lugar a las formas terapéuticas no convencionales, es decir, las no médicas. Sin embargo -continuamos citando- la intención es regular el sector de la salud natural ya que parece injusta una no regulación, aunque lo prioritario en estos momentos debido al plazo máximo (año 2010) que impone la Declaración de Bologna (1999) es la evaluación y ordenación de los programas académicos existentes a la firma de dicha Declaración, o sea, los universitarios. No obstante, en ambas entrevistas, nos solicitan toda la documentación que podamos aportar: programas, doctrina, fines, etc. Convenimos en presentarlo. La próxima entrevista será a finales de marzo.
- Con fecha 3 febrero de 2005 presentamos idéntico expediente en la Subdirección general de Formación profesional y en el Instituto Nacional de Cualificaciones profesionales. La entrevista con los responsables de Educación tendrá lugar el mes entrante.
- Seflor ha iniciando las gestiones para la formación de una federación de terapeutas florales de ámbito nacional, una asociación profesional de terapia floral.
- El 2 de marzo del año en curso, hemos presentado el pedido del epígrafe correspondiente al Ministerio de Economía y Hacienda.
- Está en trámite la presentación de un dossier explicativo a las Comunidades autónomas.
- El 4 de marzo del año en curso, llevamos a la Generalitat toda la documentación que nos acredita con el derecho a solicitar un tratamiento profesional para el terapeuta floral: Programa de estudios, Código deontológico, Doctrina.
Fuimos nuevamente informados que Sanidad ya ha establecido 4 compartimentos para encajar en ellos todo lo que se quiere reglar en esta primera tanda de regulación, ya hemos mencionado cuales son
Para regular el ejercicio y la enseñanza, se han constituido 4 comisiones de expertos, cada una para cada criterio. Estas comisiones, independientes entre sí, están formadas por personas diversas, en ocasiones terapeutas, directores de escuelas, asociaciones, etc. Tienen por misión elevar un informe a la Generalitat para que ésta redacte la ley antes de fin de año que regulará las disciplinas mencionadas.
Insistimos en que nuestro temor consiste en la posibilidad de ser englobados dentro del criterio naturista, ya que como se entiende, la terapia floral no parte ni participa en los criterios que rigen el mismo, se trata de una terapia vibracional o energética a cuya formación acceden terapeutas de diversas procedencias.
En esta entrevista el Dr. Lluis Torralba, desmiente los rumores sobre nuestra inclusión en el mencionado criterio, y nos insta a que planteemos por escrito una petición de regulación independiente de todo criterio. Aunque ahora no se plantee la apertura de un quinto apartado, queda constancia de la petición para una segunda etapa de regulaciones, junto a otras disciplinas que ya han presentado también su solicitud.
Nos dio su palabra, todo verbalmente, que naturalmente formaremos parte de esa comisión de expertos si es que más adelante se decide regular la terapia floral, como al parecer ocurrirá. Las dos asociaciones están firmemente decididas a insistir que tal cosa suceda, por todas las vías de gestión y legales.
De momento la estrategia es efectivamente presentar ese petitorio de regulación para al menos no ser “fagocitados” por otros estamentos, ya que la terapia floral en este momento goza de un movimiento que al parecer resulta apetitoso para algunos lobbys de escuelas e intereses variopintos como nos hicieron saber en esa entrevista.
Desde SEFLOR y SEDIBAC luchamos día a día para que la Terapia Floral ocupe el lugar que corresponde y no se convierta en un sucedáneo sin contenido de cualquier otra disciplina.
NOTAS:
- “Se trata del nuevo sistema de transferencia de créditos europeos (ECTS). En el marco del ECTS, 60 créditos representan el volumen de trabajo de un año académico. Por regla general, 30 créditos equivalen a un semestre y 20 créditos a un trimestre de estudios.” (Temas Universitarios. Declaración de Bolonia: Adaptación del sistema universitario español a sus directrices. Dra. Julia Gonzalez -Universidad de Deusto; Dra. Raffaella Pagani, Uni. Complutense y ECTS Counsellors & Diploma Supplement Promoters)
- Ricardo Orozco. Editorial: Regulación de Terapias Naturales: Somos Terapeutas florales. Boletín 38. Sedibac.
- Que establece la promoción de una convergencia entre los sistemas nacionales europeos de educación superior tal que aseguren una calidad docente, antes del 2010. Una, digamos, unificación del sector de la educación universitaria superior mediante la adopción de un sistema de créditos, determinados niveles de calidad, desarrollo curricular, etc. Todo ello con varios objetivos, entre ellos el de procurar una formación uniforme en la UE para que las titulaciones tengan idéntico valor en el mercado de trabajo Europeo.
SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
Seflor tiene el gusto de comunicarte que hemos convenido con una importante Compañía, para todos nuestros socios, el seguro de nuestra actividad: Terapeuta Floral.
Esto es muy importante porque hasta el momento solo podíamos contratar un seguro ridículo, en sus términos de cobertura, por ejemplo, si un paciente se golpeaba al acceder o salir de tu consulta tenía derecho a recibir una indemnización. Ninguna compañía nos cubría los riesgos de nuestra profesión.
¿QUÉ ASEGURAMOS AHORA?
Evidentemente que continúa la cobertura por eventuales accidentes cerca o dentro de tu consulta, y también TODOS LOS PROBLEMAS QUE SURJAN DEL EJERCICIO DE NUESTRA PROFESIÓN, la terapia floral. Supón que un paciente tuyo afirma que desde que se trata contigo y la terapia floral padece diabetes o que está más miedoso que nunca o ha hecho un brote de locura. Imagina que afirma que lo has intoxicado. Pues bien, podrás decirle que se comunique con el gabinete de abogados de tu compañía de seguro y que se entienda con ellos. Tendrás cobertura legal y económica.
A partir de abril ya puedes llamarnos a la Secretaría de la asociación 91564 32 57 para que te expliquemos las condiciones, tus derechos y cómo proceder a su contratación.
LA IMPORTANCIA DE CONTRATAR UN SEGURO
En estos momentos en que estamos gestionando una regulación de la Terapia Floral para ir con los tiempos de ordenación de la Unión Europea nos importa ser profesionales y también mostrar una imagen de seriedad y responsabilidad en el ejercicio de nuestra actividad. Esto incluye ofrecer a nuestros clientes y a nosotros mismos la seguridad que ya es posible.
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